Índice
DESCRIPCIÓN
EDITORIAL
HACIA ARGENTINA 2017: 20 AÑOS DE MUCHO RUIDO Y POCAS NUECES
DOSSIER
La condena del Código de niña, niño y adolescente de Bolivia por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tiene fundamentos frágiles
Manfred Liebel y Peter Strack
Propuesta de políticas de la niña, niño y adolescente
Estado Plurinacional de Bolivia
Carta abierta del Grupo de Expertos al Comité de NNUU sobre los
Derechos del Niño
Comentarios a la Carta abierta del Grupo de Expertos al Comité de NNUU sobre los Derechos del Niño
Yim Rodríguez Sampértegui
Algunas reflexiones en torno a los recientes materiales/o propuestas al Comité de Ginebra sobre los Derechos del Niño
Alejandro Cussianovich
ESTUDIOS
¿Niños sin niñez? Contra la conquista postcolonial de las infancias del Sur Global
Manfred Liebel
Una mirada otra sobre el trabajo infantil desde la sociología de la desviación: crítica a la discursividad del etiquetamiento
Orlando Macharé Marcelo
Las interacciones de la niñez y adolescencia trabajadora en las calles de Xalapa, Veracruz: análisis de los mecanismos de control y estrategias de resistencia
Arturo Narváez Aguilera
El trabajo de niños, niñas y adolescentes desde la perspectiva de la neurociencia
Yim Rodríguez Sampértegui
RESEÑA BIBLIOGRÁFICA
Justicia para Crecer. «Edición Especial Congreso Mundial Justicia Juvenil, Ginebra 2015»
Aprender de Experiencias para Transformar Realidades Los Niños y la No Discriminación
Construyendo Dignidad para un Futuro Mejor
La Familia más Grande del Mundo – 50 años en historias y testimonios
Espacios de Socialización de Niños, Niñas y Adolescentes en el Centro del Muchacho Trabajador – Ámbitos: familia, escuela y trabajo
CRÓNICAS BREVES
ALBERTO MORLACHETTI: Dirigente social impulsor de la Asignación Universal por Hijo
Cristiano Morsolin
«Estoy llamada a hilar y tejer fino para un encuentro con el otro», Entrevista a Rosa Quequejana Camasita
ALEJANDRO CUSSIÁNOVICH, paradigma de una personalidad protagónica.
César Germana
PRONUNCIAMIENTOS
MNNATSOP:
«Primero de Mayo, 2016: «Por la vida, el trabajo y la dignidad» Carta interinstitucional Infant e Ifejant al Comité de los Derechos del
Niño de NNUU
Esther Díaz G, Elvira Figueroa S.
MANTHOC: Carta al Comité de Ginebra, 2016
Detalles del Libro
Fundadores
Alejandro Cussianovich
Giangi Schibotto
Manfred Liebel
Directora Responsable
Elvira Figueroa Sempértegui
Consejo Editorial
IFEJANT
INFANT
MNNATSOP
MANTHOC
Colaboradores en este Número
Manfred Liebel
Peter Strack
César Germaná
Esther Diaz G, Elvira Figueroa S
Yim Rodriguez Sampértegui
Alejandro Cussiánovich
Orlando Macharé Marcelo
Arturo Narváez Aguilera
Cristiano Morsolin
Rosa Quequejana Camasita
Enero-Octubre 2016
Editorial
HACIA ARGENTINA 2017:20 AÑOS DE MUCHO RUIDO Y POCAS NUECES
Este número 26 de la Revista aparece en el contexto de hechos que deben ser tomados en cuenta en camino a la Conferencia Internacional de la OIT en Argentina 2017. Ciertamente que la evaluación crítica del cumplimiento o fracaso de los propósitos planteados por la Hoja de Ruta 2006-2016, es un elemento que debiera tener lugar y tiempo en dicha conferencia internacional. A lo que habría que añadir el evento del IIN-OEA el 2014 en Brasilia y en el que los planteamientos a ser tratados y sugeridos por los NNATs delegados de Paraguay, Bolivia y Perú en representación del Molacnnats, fueran descartados. Sin lugar a dudas que un hecho significativo es el cierre del programa PRONIÑO de Telefónica, luego de más de una década y media de actividades en la Región y su actual reducción a una intervención en plano meramente mediático que la telefonía le permite. Estamos ante el fracaso de un programa que invirtiera millones de dólares para combatir a los niños, niñas y adolescentes trabajadores de nuestra AbyaYala. A ello habría que sumar la alicaída Marcha Global contra los niños trabajadores, iniciativa impulsada por un actual premio nobel de la paz hindú. Mientras tanto es un periodo en el que se han evacuado una serie de Informes de organismos como UNICEF, OIT, sobre las infancias, los avances de Planes de erradicación del trabajo infantil, de reuniones de expertos sobre estadísticas de infancia, etc., en el marco de la era de la numerocracia, de la aritmética y de logaritmos al servicio de promesas no cumplidas y de dineros pretendidamente bien gastados.
Pero hay un hecho de no menor significación y es la iniciativa de un centenar de académicos de publicar una Open Letter dirigida finales del 2015 pasado al Comité de Derechos del Niño planteando la eventual sustitución del vetusto Convenio 138 de la OIT sobre la edad mínima para la admisión al trabajo. Se ha desencadenado un importante proceso que no obstante el silencio hasta ahora guardado por la OIT, está llamado a inaugurar una dinámica que a nuestro entender debiera extenderse a convenios como el C.182 sobre las llamadas peores formas, al C.169 sobre los pueblos indígenas, al C.189 sobre el empleo doméstico. Si el derecho es una construcción social, la historia y sus cambios obligan a revisar su validez y real eficacia en el tiempo. Esto es apenas una exigencia de justicia, de coherencia con las intenciones que en el tiempo inspiraron decisiones legales por el bien común, es un acto de sensatez y es una exigencia ética por ser de justicia frente a las personas implicadas.
Argentina 2017: Oportunidad para acabar con una política errática
Desde 1997 la OIT sostiene de promesa en promesa el acabar con lo que llama el trabajo infantil, entendiendo por éste la incompatibilidad entre infancia y trabajo bajo cualquier circunstancia como señalado en la Guía para Parlamentarios para la aplicación del C.182. En la conferencia internacional del año 2000 renovaron la promesa para el 2005 y de allí para el 2010, para finalmente en la reunión de La Haya en mayo del 2010 señalar el 2016 como la etapa en que su cumplimiento dependería de la voluntad política de los Estados y ya no una cuestión meramente de esa caja de resonancia de los intereses de los sectores dominantes que sostienen el modelo civilizatorio capitalista neoliberal, como resulta ser objetivamente la OIT, por lo menos en el específico punto de las infancias trabajadoras. Y es que el programa IPEC, la Marcha Global, los Tratados de Libre Comercio, el reciente Tratado de los Países del Pacífico e incluso lo que fueran los Objetivos del Milenio, o el Día Internacional contra el Trabajo Infantil (léase Niños Trabajadores) los 12 de Junio, o proyectos apoyados por USAID o el Banco Mundial, etc., demuestran a la saciedad lo errático de las políticas de todo ello derivadas. No conocemos una sola evaluación de estos Organismos e instituciones que muestre lo limitado y equívoco de los caminos recorridos bajo estas orientaciones. Mientras tanto fue la ceguera de los conocimientos, la sordera ante las voces de los movimientos de NNATs y el desconocimiento de información disponible que bien podría haber ayudado a re-enrumbar caminos y cancelar las nuevas formas de colonialidad y de servidumbre voluntaria a las que se pretende someter.
En realidad lo que organismos como la OIT y sus seguidores vienen haciendo no es otra cosa que la «colonización de la realidad por el discurso» (A.Escobar) del trabajo infantil y el empalabramiento que acompaña la tendencia a universalizar (F.Coronil), a homogeneizar la imagen de los NNATs. Y es que desde un par de décadas la estrategia del imperio es producir lo que E.Dussel llamara el deslizamiento semántico como una forma de ocultar la complejidad de un fenómeno diverso como el de los niños, niñas y adolescentes trabajadores.
La «Conferencia Mundial sobre Trabajo Infantil» anunciada por la OIT para noviembre 2017 en Argentina es otra oportunidad para que se ajusten a lo señalado por el artículo 32 de la CDN y asuman el sentido positivo de la participación, de la organización y el interés superior del niño también cuando de NNATs se trata. Lo que sucede es que hay una inversión de valoración de los instrumentos emanados de distintas entidades de NNUU. La Convención sobre los Derechos del Niño, en el fondo está supeditada a un Convenio de la OIT como el 138 del año 1973 y que se resiste a ajustarse a lo señalado por la CDN en el espíritu que la alienta y en la literalidad que lo expresa, en particular el artículo 32 y el Interés Superior del Niño que le es transversal a toda la Convención. Incluso en las Recomendaciones emanadas del propio Comité de Ginebra, es el caso peruano reciente, se termina cansadamente de recomendar tomar en cuenta los convenios de la OIT y ajustarse a sus exigencias. Es decir, la CDN debe entenderse desde la matriz de la ideología y de las normas emanadas de un organismo en el que deciden representantes del trío gobiernos, sindicatos de adultos y empresas. Un caso más evidente es el del nuevo Código de los niños, niñas y adolescentes de Bolivia que en el punto específico del derecho a la protección-paradigma esencial de la CDN-hace extensible a los niños trabajadores desde los diez años, y que suscitara la rasgadura de vestiduras a nivel internacional.
Los movimientos de NNATs y su responsabilidad ante Argentina 2017
No son solo los representantes de los Estados, los representantes de los sindicatos y del mundo empresarial a los que hay que dejarles que decidan sobre las nuevas generaciones, en este caso sobre el mundo de las infancias trabajadoras. No solo es absolutamente necesario que organismos internacionales, regionales y nacionales hagan de Argentina 17 un proceso de evaluación radical. Los movimientos de NNATs a nivel de nuestra América Latina están llamados a hacer lo propio. En algunos países como Perú incluso se ha empezado, hace ya un par de años, lo que se dio en llamar la necesidad de una refundación, es decir de volver a las raíces, de ahondar en el carisma que le diera origen y en el desarrollo del mismo a lo largo de cuatro décadas de acción y de vida. La mejor celebración será aquella que permita afianzar la confianza en los caminos acertadamente escogidos, de consolidar el espíritu y pensamiento críticos, el perseverar en la voluntad de ofrecerle a la sociedad la oportunidad de construir juntos relaciones intergeneracionales otras a las heredadas; pues las nuevas deberán estar basadas en el reconocimiento, en la valoración de las culturas y en la promoción del coprotagonismo.
Los movimientos de NNATs se comprometen a reforzar su fuerza simbólica, a mirarse y evaluarse como movimientos de minorías significativas para las demás infancias y con ellas apuntar no solo al cumplimiento de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescen-tes, sino a seguir haciendo valer lo que J. Ennew llamó sus unwritten rights. Entre ellos: el derecho a trabajar; el derecho a codecidir en lo que directamente les afecte al no sentirse representados en la actual estructura de organismos como la OIT; el derecho a no ser obligados en materia de escolaridad a lo que constituye un sistema único e inflexible frente a otras formas de aprendizajes a ser reconocidos y certificados; a participar en las votaciones generales y locales siguiendo el ejemplo de Nicaragua y de Argentina en los que se vota libremente a partir de los 16 años de edad. Además los movimientos de NNATs se comprometen a ser un espacio en que se haga realidad una relación fecunda y creativa entre adultos, colaboradores/colaboradoras y las infancias; los NNATs organizados miran con gran expectativa el aporte de la academia sobre su realidad, pero además sobre la contribución de las maestrías, doctorados que consideran como sus aliados, etc. Y como se afirmaba a finales de los años 80, más atrás de la Convención sobre los Derechos del Niño, no. Pero más allá, ¿por qué no? Los movimientos de NNATs deberán exigir una respuesta seria a quienes decidan en Argentina 17: «Y de verdad ¿quieren que sigamos creyéndoles el cuento de que van a eliminar en tan corto plazo estas «peores formas de Trabajo Infantil»? Opinamos que sería más serio y honesto reconocer que en estos 20 años de imposición autoritaria del paradigma erradicacionista, no se ha alcanzado ningún resultado de relieve o, tal vez, el único resultado es el de invisibilizar, estigmatizar y hasta criminalizar a millones de NNATs que finalmente se han quedado desprotegidos en sus más elementales derechos o transformados en piadosas anécdotas humanas útiles para pasar de un horizonte de derechos ciudadanos a las limosnas compensatorias de las «transferencias monetarias condiciona-das»*. Los movimientos de NNATs de nuestra AbyaYala deberán prepararse para impedir que en Argentina 17 se pretenda descalificar y sancionar a los compañeros bolivianos por haber hecho prevalecer el mandato de protección de la CD sobre lo estatuido en el C.138. Esta afirmación tiene su base en el estilo adoptado también por el Comité de reconocer, valorar los avances y a renglón seguido lamentar, instar, sugerir que se tomen en cuenta lo señalado por la OIT y los Convenios respecto al trabajo infantil. El Comité, que sepamos, tampoco ha dado señales, hasta la fecha, de tomar distancia o poner matices a lo que es afirmado por la OIT en ocasiones. El Comité está llamado a representar una reserva de sensatez, de autonomía y de defensa de los intereses no de los organismos de naciones unidas y similares, sino de las infancias y frente a este imperativo ético, político y moral las infancias trabajadoras tienen todo el derecho a esperar una voz que llame a la cordura y a la sensatez en medio de una búsqueda exigente y compleja, aunque con frecuencia desigual.
Los NNATs: como interlocutores válidos y legales para el Comité de Ginebra
Cabe reconocer que el Comité de Ginebra ha mostrado en los últimos diez años un sentido de respeto y escucha a las voces de los NNA, incluso de los propios NNATs. No podía ser de otra manera si quisiera ser fiel intérprete de la CDN.
En estos momentos además se ha abierto un diálogo con un grupo de académicos, como ya señalado, en vistas a un aspecto que toca directamente a los NNATs del mundo como es el C.138. En mayo de este año, el MANTHOC de Perú hizo llegar a dicho Comité una carta en la que señalaba la necesidad de un tratamiento que tomara en cuenta la experiencia de organizaciones que en cuarenta años venían luchando contra toda forma de explotación o maltrato a los NNA en particular a los NNATs. Conjuntamente el Infant y el Ifejant escribieron una carta en la que se auguraban: «Confiamos que el Comité no sucumba ante presiones que son sustentadas en discursos moralistas, en argumentos fantasiosos como los que desde hace cinco lustros vienen prometiendo OIT-IPEC? o en estadísticas que pretenden regularmente demostrar éxitos que la realidad desafortunadamente niega».
Este número 26 de la Revista trae artículos e información que pueden ser útiles para una mejor comprensión de los esfuerzos por superar formas subliminales de discriminación de las infancias trabajadoras, más allá de las intenciones que pudieran motivarlas.
Equipo de la Revista